Ministerio de Hacienda y Crédito Público
"...Para efectos de lo dispuesto en el artículo 189, parágrafo 2° de la ley 223 de 1995, y de conformidad con los artículos 4° y 5° del Decreto 2141 de 1996, los promedios ponderados del impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas, aplicables como mínimo a los productos extranjeros gravados que rigen para el segundo semestre del año 2009, son los siguientes..."








